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Renta 2016: ¿Cómo será la declaración de la renta este año?

El pasado 5 de abril arrancó el plazo para presentar la declaración del impuesto sobre las personas físicas (IRPF) y se extenderá hasta el próximo 30 de junio. Es el momento de presentar las cuentas y ponerse al día con Hacienda. Aquí te damos las claves de esta campaña.

  • Cuándo: del 5 de abril al 30 de junio
  • Cómo: se puede hacer ya online a través del sistema Renta Web (que ha sustituido al Padre) y a partir del 11 de mayo también habrá opción de presentarla presencialmente
  • Cita previa: para solicitarla hay que esperar al 4 de mayo. Mediante la cita se puede presentar la declaración mediante la ayuda de un asesor de forma gratuita
  • ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta 2016?

    Los contribuyentes están obligados a presentar la declaración si sus rendimientos de trabajo superan los 22.000 euros al año procedentes de un solo pagador. Si ha tenido más de un pagador, el límite seguirá también de 22.000 euros o si la suma de lo ingresado por parte del segundo pagador y del resto no excede los 1.500 euros al año.

    Deducciones por vivienda habitual

    Desaparece la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual para inquilinos con contratos de alquiler firmados a partir de 2015.  Esto no afecta a las deducciones autonómicas ni a los contratos anteriores.

    Cuotas de afiliación y ONGs

    La base máxima de la deducción por afiliación es de 600 euros anuales mientras que por ONGs o fundaciones el contribuyente puede desgravar un 50% de los primeros 150 euros donados.

    Ayudas para las familias

    Las familias podrán beneficiarse de una deducción en el IRPF; para ello, deben acreditar pertenecer a una familia numerosa o tener ascendientes o descendientes con discapacidad. También se aplica a familias monoparentales con dos hijos sin derecho a anualidades por alimentos.

    Renta 2016 Web, la nueva ayuda para el contribuyente

    Como ya hemos mencionado, el programa Padre ha desaparecido y ahora puede usarse para hacer la declaración desde cualquier dispositivo móvil y es apto también para autónomos. Según la Agencia Tributaria, una de sus ventajas es que el contribuyente ya no tendrá problemas de descarga informática de la información del borrador. Para acceder, es necesario contar con DNI electrónico, clave y número de referencia. Cuando se termina el proceso, hay que ir al banco con el documento de ingreso y devolución y un número de referencia y ya está lista la declaración.