Tipos de pagaré: ¿Cuántas clases de pagaré existen?
Antes de iniciar cualquier tipo de trámite financiero lo mejor es estar bien informado, sobre todo, en las transacciones en auge del mercado. En Fideco somos conscientes de ello y, por eso, vamos a explicar con un poco más de detalle la información imprescindible para conocer a fondo los pagarés y sus clases, las ventajas e inconvenientes que tienen y las posibilidades que ofrecen para conseguir la liquidez que te hace falta en momentos concretos de tus acuerdos comerciales.
Para empezar, a modo de apunte, definimos el concepto de pagaré como aquel título de crédito que contiene la promesa de una persona o entidad, el librado, de pagar una cantidad de dinero a otra persona, el librador, en una fecha límite conocida como vencimiento. También hay que saber cuáles son las partes de un pagaré. No existe un único tipo de pagaré, sino que podemos distinguir entre diferentes modelos, como por ejemplo el descuento de pagarés urgente o el descuento de pagarés de comunidades. Todos tienen características diferenciadoras. Si, como empresario, alguno de tus clientes te ha propuesto el pago mediante pagaré, a continuación, te ofrecemos las claves para comprender mejor qué clase es la que te ofrece.
Clases de pagaré
Según clásula | Según cuándo se paga | Según tipo de pago | Emisor |
A la orden | A la vista | Cruzado | Bancario |
No a la orden | Nominativo | A abonar en cuenta | De empresa |
A día fijo | |||
Plazo variable |
Vamos a hablar a continuación de algunos de los más destacables.
El elemento común de todos los pagarés es la promesa de una de las partes a completar la transacción económica en el tiempo establecido. Más allá de eso, diferenciamos los siguientes tipos:
Pagaré según el emisor
Pueden ser bancarios o de empresa.
- Pagarés bancarios. Son concedidos por un banco y se entregan al beneficiario en un talonario impreso por la entidad. Los beneficiarios tienen la obligación de efectuar el pago, a una de las cuentas del banco, antes del vencimiento para no incurrir en impago.
- Pagaré de empresa. Aunque cada vez se utiliza menos, son los emitidos por una compañía o negocio. Establece una serie de requisitos necesarios para que el título se haga efectivo.
Clases de pagaré según las cláusulas
Esta división hace referencia a la capacidad del librador de transferir o “endosar” el pagaré a un tercero para adelantar su cobro. En este sentido, distinguimos:
- Pagaré a la orden. El beneficiario del pagaré tiene el derecho legítimo de ceder el pagaré mediante endoso a un tercero. De esta manera, podrá adelantar el cobro del título financiero, en una entidad bancaria.
- Pagarés no a la orden. No permite la transmisión del pagaré a un tercero, salvo si el librado del título financiero firma una cesión del crédito. Esta decisión tiene que ser comunicada a través de un notario y puede ser negada por el emisor en cualquier momento.
Pagaré según el momento de pago
- Pagaré a la vista, abonados en el momento en el que se presentan para cobrar.
- Pagaré a día fijo, que determina el día exacto del vencimiento.
- Pagaré a plazo variable de la fecha de emisión, se especifica la fecha de vencimiento el día que se cobra.
- Pagaré nominativo. Similar a los pagarés a la orden.
Clases de pagaré según la forma de pago
- Pagaré cruzado. Podrá ser cobrado por el librador legítimo mediante abono en cuenta si es cliente de la entidad librada. En el caso de que el pagaré sea de este tipo, en el anverso aparecen dos líneas cruzadas que así lo indican. Si es del tipo cruzado general, entre estas dos líneas no aparece reflejada ninguna entidad financiera, por lo que podrá ser cobrado en cualquier banco; si es un pagaré cruzado especial, sí se marca la entidad de cobro y solo podrá ser abonado en una cuenta de ese banco.
- Pagaré para abonar en cuenta. Solo pueden cobrarse si se abonan en cuenta.