Consejos para la Declaración de la Renta de una pyme
En 2016 las pymes tendrán que tener en cuenta los nuevos cambios fiscales para la Declaración de laRenta 2015. A continuación, algunos trucos en la Declaración de la Renta para pagar menos, entregar todo a tiempo y no tener problemas con Hacienda.
Lo primero que hay que saber es que la Declaración de la Renta de las pymes varía con respecto a 2015
Los autónomos deberán tener en cuenta varios cambios, como el sistema de módulos y su modificación.
Además, los administradores y consejeros reducirán su retención del 37 al 35 % y accederán a los beneficios que da a los nuevos autónomos la Ley de Emprendedores.
Se impondrá un gasto de atención al cliente con un máximo del 1 % de la cifra de negocios
Después de conocer los cambios, vamos a ver qué tipos de impuestos hay que presentar para hacer la Declaración
El primero es el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y hay que elegir entre varios regímenes: módulos, estimación directa normal y estimación directa simplificada. Se paga trimestalmente y se presenta mediante el modelo 100 que este año se presenta hasta el 25 de junio. Los pagos fraccionados se pagan con los modelos 130 y 131 durante los tres primeros trimestres, entre el 1 y 15 de abril, julio y octubre y el 1 y 25 de enero.
Otro impuesto importante para los autónomos es el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), que paga básicamente el consumidor final. A Hacienda se paga la diferencia entre lo cobrado a los clientes y derivado de las compras a los clientes. Hay tres tipos: 21, 10 y 4 %, que varían en función de la actividad. Se paga cada tres meses con el modelo 303 y la Declaración de la Renta se realiza una vez al año en función de las declaraciones trimestrales. Las fechas para presentar el IVA son iguales que las del IRPF.
A continuación, vamos a contar algunos consejos acerca del IRPF para las empresas que afectan a los trabajadores por cuenta ajena que trabajen desde casa. Se puede deducir en el IRPF hasta el 50 % de los gastos en gas, agua, electricidad, etc. Para realizarlo, se tendrán en cuenta los metros cuadrados destinados a la actividad, al igual que las horas y los días trabajados.
Si uno tiene una familia numerosa o algún miembro con discapacidad, habrá deducción de 3.000 euros, si la discapacidad es igual o menor del 33 %. Sin embargo, la cifra aumenta a 6.000 euros, si uno necesita una persona para cuidarlo; o 12.000 euros, si la discapacidad supera el 65 %.
Hay otros gastos, como los seguros de vida y salud y las deducciones autonómicas, además de los gastos derivados de la financiación ajena o impuestos como el IAE o IBI.
Si quieres saber más sobre la Declaración de la Renta o sobre descuentos de pagarés, ¡consúltanos!