IGIC islas canarias

¿Por qué en Canarias no hay IVA? El IGIC canario

Las operaciones de compraventa tanto con clientes como con proveedores de las Islas Canarias no tienen IVA. Allí siguen un régimen tributario diferente y aplican el IGIC, el Impuesto General Indirecto Canario. Por lo tanto, no es que no tengan IVA, sino que se aplica el IGIC.

En nuestro post de hoy desde Fideco, empresa experta en descuento de pagarés, te contamos cómo funciona el IVA canario y en qué se basa.

IGIC, el IVA de las Islas Canarias

El IGIC es un impuesto indirecto que se aplica a ventas y prestaciones de servicios en las Islas Canarias. Su funcionamiento es similar al IVA.

Por ejemplo, cuando un empresario realiza la compra de un bien o de un servicio para su negocio, ha de pagar un porcentaje de IGIC, también conocido como IGICI soportado. Y cuando un empresario vende bienes o servicios a sus clientes, aplica el mismo porcentaje del impuesto, IGIC repercutido.

¿Qué tipos de IGIC existen?

Existen una serie de diferencias entre el IVA peninsular y el IGIC canario, una de las más importantes reside en los tipos más bajos del IGIC.

Tipo Cero (0%): Se aplica a bienes básicos y de primera necesidad. Como por ejemplo el agua, productos sanitarios, libros, periódicos, ciertos alimentos…

Tipo tres o reducido (3%): Se aplica a la entrega de bienes o importaciones de productos derivados de diferentes industrias y actividades como minería, textil, madera, reparación de vehículos…

Tipo siete o general (7%): se aplica a la entrega de productos y servicios que no se recogen en los demás tipos.

Tipo incrementado (9,5%): grava las operaciones de importación de algunos bienes como vehículos o medios de transporte.

Tipo quince o incrementado (15%): Es aplicado en productos excepcionales como por ejemplo a tabaco con un precio superior a 1,8€ la unidad, a las bebidas alcohólicas, a joyas, perfumería…

Tipos especiales: Existe un IGIC especial del 20% para labores de tabaco negro y del 35% para la elaboración del tabaco rubio.

Asimismo, existen ciertas actividades que están exentas de IGIC, algunas son la asistencia sanitaria, la educación, las empresas culturales, las operaciones financieras y de seguros…

El IGIC y los autónomos

Según Red Autónomos, los autónomos radicados en Canarias quedan exentos de este tipo de impuestos en caso de que su facturación anual no supere los 30.000€, cantidad que es revisada de forma anual. Para ello se tiene en cuenta el valor bruto de todas las operaciones realizadas tanto en Canarias como fuera de las Islas.

Actividad comercial entre península y Canarias

En cuanto a empresas y autónomos que vendan sus productos o presten servicios en las Islas, no han de incluir IVA en su factura. Si se da la prestación de servicios, esta queda exenta de IVA. Y si se trata de un producto, el comprador canario pagará el IGIC correspondiente al pasar por la aduana a recoger dicho producto.