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Tarifa plana para autónomos 2018, requisitos y beneficios

Este año 2018 viene cargado de novedades en lo que tiene que ver con las tarifas planas y ayudas para los trabajadores autónomos en España ya que el 70% del empleo en nuestro país proviene de las PYMES.Por ejemplo, la tarifa plana de 50 euros ha sido modificada y mejorada.

Además, la Ley de Reformas urgentes del Trabajo Autónomo incorpora también novedades sobre esta tarifa plana, entre las que destaca la ampliación a veinticuatro meses, los doce primeros a 50 euros desde el pasado 1 de enero de 2018 y descuentos para el segundo año de cuota.

¿En qué consiste la tarifa plana para autónomos?

La tarifa plana para autónomos es una medida del Gobierno para impulsar el autoempleo en España. La medida consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social en calidad de autónomo. De hecho, la tarifa plana se introdujo en 2013, ayudando a los autónomos en sus primeros pasos.

Es más, la nueva Ley de autónomos que aprobó el Gobierno se produjo en octubre de 2017, la cual ha ampliado el primer tramo de esta bonificación para nuevos autónomos a partir del 1 de enero de 2018 de los actuales seis meses a un año.

La ley actual ofrece un pago mensual de tan solo 50 euros durante todo un año a la Seguridad Social, en lugar de los 275,02 euros que constituyen la cuota mensual mínima en 2018. El Ministerio de Empleo ha señalado que se han beneficiado de la tarifa plana más de 1.200.000 nuevos autónomos desde su puesta en funcionamiento.

Aunque al principio la ventaja era solo para los autónomos menores de 30 años, el gobierno ha extendido su aplicación a todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad, aspecto este muy bien recibido por el sector.

Requisitos para solicitar la tarifa plana

El requisito para poder solicitar la tarifa plana es; el no haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación), aunque queda a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica da lugar a tres requisitos adicionales en base a sus interpretaciones:

  1. No ser administrador de una sociedad mercantil.
  2. No ser miembro religioso de la Iglesia Católica.
  3. No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).

También hay que precisar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar a la tarifa plana. Además, la Ley de Emprendedores ha introducido nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos para los casos de pluriempleo, pudiendo el autónomo elegir entre la tarifa plana y las bonificaciones por pluriactividad, mientras que ya se puede contratar trabajadores con el beneficio de la tarifa plana, que anteriormente tampoco se podía.

La cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización.

  • Los primeros 12 meses son 50 euros justos de la cuota mínima por contingencias comunes o un 80% de bonificación en caso de cotizar por bases superiores a la mínima establecida (919,80 euros en 2018).
  • Meses 12 al 18: un 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2017 en 137,97 euros.
  • Meses 18 al 24: 30% de reducción durante el siguiente semestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2017 en 192,79 euros.
  • Meses 24 al 36: 30% de bonificación para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.

Por otra parte, los autónomos que emprenden por segunda vez ahora pueden beneficiarse nuevamente de la tarifa plana, siempre y cuando hayan transcurrido tres años de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).

Otra de las novedades es la tarifa plana para madres autónomas, cuyo objetivo es que las, que habiendo cesado su actividad, reemprendan de nuevo su negocio antes de dos años después de dicho cese. Esta es una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez.

Muchos autónomos se enfrentan por otro lado a la dificultad clientes que no pagan o con cobrosatrasados, lo cual entorpece el buen funcionamiento del negocio. Por eso, en FIDECO nos encargamos del cobro de impagados. Gracias a nuestra dilatada experiencia durante más de 40 años en el sector financiero, podemos ofrecerte un asesoramiento jurídico integral que te ayude en la gestión de impagos.