falso autonomo

¿Qué es un falso autónomo?

Los falsos autónomos son trabajadores que están dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), pero que dentro de la empresa en la que realizan sus funciones ejercen como un trabajador por cuenta ajena.

Hoy desde nuestra empresa de descuento de pagarés y descuento de pagarés de comunidades, te contamos qué es un falso autónomo y cuáles son las consecuencias de contratar a este tipo de trabajador.

¿Cuáles son los términos para descubrir a un falso autónomo?

Teniendo en cuenta lo que dicta la jurisprudencia, existen una serie de indicios por los cuales podemos encontrarnos con un falso autónomo: retribución, ajenidad y dependencia.

La retribución se refiere a una contraprestación salarial de la misma cantidad, cada mes, durante un largo periodo de tiempo por parte del mismo cliente. La ajenidad se basa en la realización de una actividad que beneficia a un tercero el cual asumo los riesgos y los costes de producción. Por otro lado, la dependencia implica formar parte de la jerarquía de una empresa y recibir órdenes del empresario, así como tener un centro de trabajo o un horario laboral.

Si estos tres requisitos se incumplen, lo más probable es que nos encontremos ante falsos autónomos.

¿Falso autónomo y TRADE?

El falso autónomo no tiene nada que ver con el autónomo económicamente dependiente, también llamado TRADE. El autónomo dependiente no puede estar sujeto a los criterios anteriormente expuestos que definen una relación laboral (retribución, ajenidad y dependencia), aunque más del 75% de su facturación depende de un mismo cliente.

En el caso del TRADE, este ha de realizar su actividad con sus propios medios y su actividad ha de diferenciarse de la de los trabajadores por cuenta ajena de una empresa. Además, el TRADE asume riesgos de la actividad.

Consecuencias de contratar a un falso autónomos

Según el Instituto Europeo de Asesoría Fiscal (INEAF), contratar a falsos autónomos constituye un fraude laboral. El artículo 22 de la Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social considera infracción grave «no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido. A estos efectos se considerará una infracción por cada uno de los trabajadores afectados».

En el caso de que Inspección de Trabajo detectase esta irregularidad, iniciaría un procedimiento e instaría a la Seguridad Social a que, de oficio, se diese de alta a estos trabajadores como asalariados.

En la actualidad, La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) calcula que en España hay más de 300.000 falsos autónomos. La organización estima que el aumento en los últimos años de falsos autónomos se debe a que muchas empresas entienden que contratar a un trabajador autónomo les supondrá un ahorro en los costes sociales.