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5 pasos para dar de baja a una sociedad

El proceso para disolver y liquidar una empresa es una operación complicada. En muchas ocasiones, la persona cree que, por dejar una sociedad inactiva, queda exenta. Nada más lejos de la realidad. Es necesario pasar por un proceso de disolución, liquidación y extinción para que todo se haga como es debido.

A continuación, os facilitamos los pasos para que, si estáis en estas circunstancias, no tengáis ningún problema a la hora de disolver una empresa.

  1. Dar de baja una sociedad

La disolución de una sociedad puede deberse a distintas causas. Puede ocasionarse debido a un acuerdo de la Junta General de Socios, por el cese del ejercicio de la actividad propia de la empresa o, por el contrario, la imposibilidad manifiesta de realizar dicho fin social. Estos son algunos de los motivos que se contempla en los Estatutos sociales de la sociedad.

La disolución de una sociedad se formaliza mediante escritura pública ante notario y, a continuación, inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social de la empresa

  1. Liquidación de la empresa

Tanto la disolución como la liquidación se podrá hacer simultáneamente si la sociedad en cuestión no dispone ni de deudas ni créditos pendientes. Se llevarán a cabo todas las operaciones necesarias para convertir los activos de la sociedad en liquidez para poder hacer frente a las deudas que haya.

Los administradores perderán su papel para convertirse en liquidadores, a no ser que haya previamente asignados por estatuto u órgano judicial.

  1. Junta General de Socios

Una vez realizadas todas las operaciones pertinentes para la liquidación, se elaborará un Balance de Liquidación Final y tendrá que aprobarse por la Junta General. De aquí, surgirán las Cuotas de liquidación a abonar a cada socio.

  1. Inscripción en el Registro Mercantil

Tras la disolución y liquidación, los liquidadores deben hacer una escritura pública ante notario con los acuerdos obtenidos en la extinción de la sociedad. Tras ello, se inscribirá en el Registro Mercantil constatando su cancelación.

  1. Tributación de la operación

La misma será ejecutada por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de Operaciones Societarias. Esto será abonado por los socios en función al porcentaje de liquidación percibida por cada uno.

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